Después de trece años de "revolución" nuestro país ha experimentado muchos cambios. Algunos buenos, otros no tanto. Enumerar las cosas buenas y las cosas malas de esta revolución es algo que hacen a cada rato chavistas y opositores. Cada bando exalta lo que le conviene, y a veces lo adereza un poco para que parezca mucho más bueno de lo que es o mucho más malo de acuerdo a sus particulares conveniencias.
Pero lo que quiero comentar esta vez no es sobre los grandes logros revolucionarios o sobre las calamidades que nos han traído estos trece años. Más bien quiero destacar un artículo del reformado Código Penal venezolano que dice:
Artículo 147. Quien ofendiere de palabra o por escrito, o de cualquier otra manera irrespetare al Presidente de la República o a quien esté haciendo sus veces, será castigado con prisión de seis a treinta meses si la ofensa fuere grave, y con la mitad de ésta si fuere leve.
La pena se aumentará en una tercera parte si la ofensa se hubiere hecho públicamente.
Este artículo, legal legalísimo, de nuestro cuerpo de leyes, forma parte de esa paranoia oficialista destinada a proteger a su máximo líder, al gran iluminado que dirige los destinos nacionales. Este artículo claramente nos dice que no todos los ciudadanos de este país tenemos los mismos derechos o somos vistos de manera igual ante la ley. Pues no, el Presidente de la república debe ser tratado de una manera diferente y tiene en la legislación un artículo que lo protege contra "ofensas".
Yo no soy abogado ni mucho menos, soy solamente un ciudadano curioso. Pero para este ciudadano curioso este artículo es toda una aberración jurídica. La "no ofensa" no puede ser un derecho consagrado en ninguna ley de ningún país. Es más, ofender debe ser un derecho siempre que la ofensa no sea violenta. Y esto es porque las ideas de todos son plurales y distintas lo que hace que sea posible que en algún momento alguna idea ajena pueda ofendernos. Por ejemplo, yo creo que en la mismísima Biblia hay pasajes que considero muy ofensivos contra los gays y contra las mujeres y no por ello ando por ahí pidiendo que hagamos una ley que tache esos pasajes de las Biblias que se venden aquí. Así por el estilo.
El otro punto es que es lo que se considera "ofensivo" para el Presidente. Eso por supuesto es algo tan pero tan subjetivo que no puede castigarse a nadie por eso. Además el artículo menciona el carácter privado o público de la ofensa... el colmo pues. Esto puede usarse por cualquiera contra cualquiera, sobre todo aquí donde el deporte nacional es hablar mal del gobierno de turno.
1 comentario:
Rómulo,
yo creo que esos artículos siempre han estado en el código penal. De hecho, creo que nuestro código penal viene de la época de Gómez y tiene unas cosas super-arcáicas.
Yo siempre he dicho que hay que hacer una gran reforma de las leyes penales venezolanas que son demasiado alejadas de las libertades individuales de un país moderno.
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