Luego de la oficina y de labores normales de trabajo vuelvo a releer lo de la reforma del código penal. A ver si logro entender esto de una vez por todas.
Primero releo la reforma completamente. Interesante. Algo vaga, pero como que es a propósito que sea vaga. Muy conveniente parece.
A ver, hoy voy con el artículo 148. Busco en la Internet y consigo la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Parece que hay varios artículos que tienen que ver con el cuestionado 148. El de no "ofender" a su majestad el por ahora inquilino de Miraflores. Veamos.
El artículo 12 protege al inquilino de Miraflores, y a cualquier otro habitante de este planeta que sea clasificado como homo sapiens, de ataques a "su honra o a su reputación". Sabemos que alguien convicto de una intentona frustrada de golpe de estado con muertos y demás destrucciones varias no es muy honorable que digamos y ya sabemos cual debiera ser su reputación. Asi que no debiera haber problema con este artículo. Hablar en contra de la honorabilidad o de la reputación del inquilino de Miraflores sería hablar bien de él, por lo tanto no se debe hablar bien de él sino mal de él. Simple lógica. O sea que el artículo 12 de la declaración dice en terminos llanos que debe haber una ley que proteja a nuestro presidente de que alguien hable bien de él.
Ok. Siguiente artículo de la declaración de los derechos humanos. El artículo 19. Reza textualmente: "Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión." Me parece que nadie de nosotros habitantes de esta tierra de gracia debe ser molestado por expresar nuestras opiniones. ¿Es expresarse mal de nuestro gobernante de turno una opinión o es una "ofensa de palabra o por escrito" como dice el artículo 148 de la reforma?. Buena pregunta. ¿Quién decide que es una ofensa? ¿Cómo se prueba eso? ¿Si nos referimos a su responsabilidad en el caso del golpe del 92 lo estamos ofendiendo por recordarle eso de salir corriendo para La Planicie? ¿O por recórdarle los muertos? ¿O por aquello de violar el juramento militar? ¿O por eso de dársela de salvador de todos nosotros sin nuestro permiso expreso? Ni idea, pero supongo que para eso está nuestro infalible Tribunal Supremo de Justicia, tan infalible que hasta admite escritos para solicitar revisiones de decisiones "incómodas". Eso de "cosa juzgada" como que no se sabe que es en este país.
Como último comentario... ¿qué carrizo es eso de "de cualquier otra manera irrespetare"? Yo lo interpreto como una especie de cheque en blanco para los tribunales amigos del gobierno de turno. ¿Cuándo será que nuestros legisladores legislen como si ellos no estuvieren en el gobierno?
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