Hay un sitio en la Internet que reune todas, o casi todas la verdad no estoy seguro, nuestras leyes venezolanas. Este sitio es el del escritorio de Pantin y Asociados. Allí uno puede ver un larguísimo listado con un montón de leyes venezolanas. No sé si está completo el listado, pero la verdad es que es un trabajo impresionante y digno de elogio.
Hoy me dió por curiosear leyes motivado a los encuentros que he tenido en el pasado con los amables fiscales de tránsito criollos. Uds. saben, por aquello de ver si hay algo previsto contra el martillo. Pués no encontré nada la verdad, pero ví un párrafo como este en el artículo 72 de la vigente ley de tránsito y transporte terrestre del 2001:
"Las unidades de transporte público de pasajeros procurarán contar con mecanismos o unidades especiales para discapacitados, niños con edad hasta seis (6) años, personas mayores de sesenta (60) años y mujeres en estado de gravidez. Las normas y mecanismos de atención especial se establecerán en el Reglamento de este Decreto Ley."
No les parece como surrealista este párrafo de obligatorio cumplimiento en todo el territorio nacional.
En lo que encuentre algo así como una ley anti-martillo contra guardias nacionales, polícias, fiscales de tránsito y afines... les aviso...
3 comentarios:
Qué difícil está Blogger, pesadísimo para comentar...
Ya ni sé que era lo que te iba a decir....Qué era? Qué era?...
Ah! si ya me acuerdo...
Que siguieras buscando, que vas a para en loco...
Un beso
Excelente... gracias por el link a las leyes. De verdad me hacen falta. Soy estudiante de comunicación Social y ultimamente necesitamos más y más tener bases legales para comprender lo que nos toca hacer.
Y pensar que cada vez son más los vagones del Metro que ni asientos tienen.
Por fin pude comentar :)
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